En aplicación del Memorándum de Acuerdo entre la Administración Nacional de Turismo de la República Popular de China y la Comunidad Europea sobre visados y cuestiones conexas en relación con los grupos de turistas chinos, de fecha 12 de febrero de 2004, que concede a los Estados Miembros el Status de Destino Autorizado, conocido por ADS (“Approved Destination Status”), la Secretaría de Estado de Turismo elabora periódicamente la lista de agencias de viajes españolas de receptivo interesadas en grupos de turistas chinos.
El conocido como Listado ADS es enviado al Gobierno Chino para su inclusión en la base de datos de agencias de viajes de receptivo con las cuales las agencias de viaje chinas pueden contratar sus servicios.
En aplicación del Memorándum de Acuerdo entre la Administración Nacional de Turismo de la República Popular de China y la Comunidad Europea sobre visados y cuestiones conexas en relación con los grupos de turistas chinos, de fecha 12 de febrero de 2004, que concede a los Estados Miembros el Status de Destino Autorizado, conocido como ADS (“Approved Destination Status”), la Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo va a proceder a la actualización de la lista de agencias de viajes españolas de receptivo interesadas en trabajar con grupos de turistas chinos para su posterior comunicación a la Administración de Turismo de China y a los Consulados de España en la República Popular China, encargados de emitir los visados a los turistas chinos.
El Gobierno Chino incluye esa lista en su base de datos de agencias de viajes de receptivo de la Comunidad Europea, con las cuales las agencias de viajes chinas pueden contratar los servicios de receptivo en los países miembros de la Unión Europea. Además, el listado definitivo aparecerá en la Web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en la Sección dedicada al Turismo.
Todas las empresas establecidas en España que estén interesadas en figurar en la lista indicativa de agencias de viajes de la Unión Europea para la recepción de grupos de turistas chinos, deberán comunicarlo a la Secretaría de Estado de Turismo, a través de:
Plazo de inscripción: Del 9 al 30 de octubre de 2020.
Todas las solicitudes, de cara a verificar que las empresas cumplen con los requisitos legales, serán revisadas por el departamento competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Todas las empresas, tanto las nuevas que deseen inscribirse en el listado como aquellas que ya figuraban en el listado anterior y que deseen renovar su inscripción, deben enviar los siguientes datos a la dirección de correo electrónico: sgcooperacionturistica@minetad.es:
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