• 30/09/2014

Octubre 2014: se abre el plazo de inscripción de las agencias de viajes de la Comunidad Europea para la recepción de turistas chinos

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En aplicación del Memorándum de Acuerdo entre la Administración Nacional de Turismo de la República Popular de China y la Comunidad Europea sobre visados y cuestiones conexas en relación con los grupos de turistas chinos, de fecha 12 de febrero de 2004, que concede a los Estados Miembros el Status de Destino Autorizado, conocido por ADS (“Approved Destination Status”), se procede a la actualización de la  lista de agencias de viajes españolas de receptivo interesadas en grupos de turistas chinos para su posterior comunicación a la Administración Nacional de Turismo de China (CNTA). La CNTA  incluye esa lista en su base de datos de agencias de viajes de receptivo de la CE con las cuales las AAVV chinas pueden contratar los servicios de receptivo en la CE.

Todas las agencias de viaje establecidas en España que estén interesadas en figurar en esta lista, deberán comunicarlo a la Secretaría de Estado de Turismo, a través de la:

Subdirección General de Cooperación y Competitividad Turística:

  • C/ Capitán Haya, 41 (28020 – Madrid) 
  • Teléfono 91.732.64.71  Fax 91.732.64.74
  • Correo electrónico:  sgcooperacion@tourspain.es

Plazo de inscripción

Del 30 de septiembre al 25 de octubre de 2014.

Todas las solicitudes, una vez revisadas, serán contestadas individualmente.

Se distinguen dos supuestos: Renovación: para agencias de viajes que figuren en  el listado de mayo de 2014; y Nueva inscripción:: para aquellas agencias que no figuren en dicho listado (incluidas las que hubiesen figurado en listados anteriores).

Nueva inscripción

Para la inscripción han de comunicarse los siguientes datos:

  • Nombre completo de la agencia de viajes
  • Persona de contacto
  • Dirección postal (Calle/Vía, número y Código Postal)
  • Número de teléfono
  • Fax (si lo hubiese)
  • Dirección de correo electrónico
  • Número de Registro o Licencia expedida por la autoridad administrativa competente  de la Comunidad  Autónoma correspondiente que demuestre que la empresa solicitante está autorizada a ejercer como agencia de viaje y posee el correspondiente título-licencia.
  • En todo caso deberán enviar copia de su título-licencia al fax 91.732.64.74, o bien la copia escaneada  de dicho título-licencia a la dirección de correo electrónico sgcooperacion@tourspain.es

Renovación

Las agencias de viaje españolas que figuren en el listado de mayo de 2014 y deseen seguir incluidas en la relación deben comunicarlo también por el mismo procedimiento. De no hacerlo, se entenderá que desean darse de baja y serán excluidas automáticamente de la lista.

Para la renovación de la inscripción y con el fin de mantener actualizado el contenido del listado han de comunicarse los siguientes datos:

  • Nombre completo de la agencia de viajes
  • Persona de contacto
  • Dirección postal (Calle/Vía, número, y Código Postal)
  • Número de teléfono
  • Fax (si lo hubiese)
  • Dirección de correo electrónico
  • Número de Registro o Licencia expedida por la autoridad administrativa competente que demuestre que la empresa solicitante está autorizada a ejercer como agencia de viaje y posee el correspondiente título-licencia (en este caso no es necesario que envíen copia del título-licencia al haberse enviado en la inscripción anterior, pero sí notificar el mismo para su comprobación). 

La lista es jurídicamente indicativa según interpretación de la Comisión Europea; no obstante,  se recomienda a las AAVV que efectivamente vayan a contratar con AAVV chinas la prestación de servicios de receptivo en la CE que se inscriban en dicha lista.

La razón de esta inscripción no es solamente posibilitar la contratación por las AAVV chinas. Las oficinas consulares de los Estados miembros de la CE, en el uso de las facultades que les confiere la Instrucción Consular Común de la CE, exigen a las AAVV chinas, al solicitar éstas los visados, una certificación de la AV europea receptiva, con especificación de todos los servicios contratados y reservados para el grupo ADS.

La lista indicativa de AAVV, una vez integrada por la Delegación de la Comisión Europea en China, es el único instrumento de que disponen las oficinas consulares de los Estados miembros de la CE en China para comprobar que la empresa europea declarada por la AV china emisora para el receptivo en destino es una auténtica agencia de viajes y no otro tipo de empresa.

La Administración Turística China ha manifestado a la Delegación de la Comisión Europea en Pekín su intención de actualizar la lista semestralmente para que las agencias de viajes pertenecientes a los países europeos incluidos en el Memorándum de Acuerdo puedan ser incluidas en la base de datos a la que tienen acceso las AAVV chinas autorizadas para la emisión de grupos de turistas al exterior.

Ver comunicado de prensa [PDF] [431 KB]