Detalle Participación Pública

Consulta
Abierta
Rango de la Norma:
Real Decreto de Consejo de Ministros
Carácter de la consulta:
Normativas
Tipo de participación:
Audiencia a ciudadanos afectados y aportaciones de otras personas o entidades

Resumen

Las empresas del sector turístico español son estratégicas para la economía del país, por su peso económico, capilaridad territorial, generación de empleo y capacidad motriz sobre otros sectores. La hostelería, como sector económico dedicado a la prestación de servicios de alojamiento y alimentación, constituye la principal actividad turística y concentra el 40 % de las empresas relacionadas con el turismo y el 60% de su empleo.

La energía es uno de los costes operativos que más condiciona la rentabilidad del sector hostelero. En un bar, restaurante o alojamiento, el consumo energético no depende únicamente de los metros cuadrados. Depende de la intensidad de cocina, del número de servicios, del horario, de la presencia de terrazas, de las cámaras frigoríficas, del tipo de climatización, de la producción de ACS (Agua Caliente Sanitaria), del estado de mantenimiento y de la gestión de la potencia contratada.

Tras el estallido del conflicto de Oriente Medio, y el crecimiento de la inestabilidad internacional de los costes energéticos, la modernización tecnológica es clave para la supervivencia y crecimiento de las empresas del sector turístico. Especialmente, renovar los equipos de hostelería en España puede ser vital para asegurar la rentabilidad, optimizar los costes operativos y mantener la competitividad particularmente de las pequeñas empresas y microempresas de este sector, cuya aportación es esencial para la economía española.

La concesión directa de estas ayudas se justifica por razones de interés público, social, económico y medioambiental, en los términos del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al no resultar idóneo un procedimiento de concurrencia competitiva sino un instrumento abierto, homogéneo y no selectivo, orientado a ayudar al sector turístico a renovar los equipos de hostelería y acelerar las acciones que contribuyen a la eficiencia energética.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.

Estructura del Real Decreto

El proyecto de real decreto consta de una parte expositiva, de una parte dispositiva que cuenta con 17 artículos y una parte final que consta de dos disposiciones finales.

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el jueves, 04 de junio de 2026 hasta el lunes, 15 de junio de 2026

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: consultas.publicas.setur@mintur.es indicando en el asunto: "Audiencia RD Plan de choque para la renovación de equipamientos en el sector de la hostelería"

Las alegaciones deben presentarse utilizando el modelo de documento adjunto, o uno similar, ordenando y separando claramente los diferentes comentarios que se realicen, e identificando el apartado y el texto al que se refiere cada uno.

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado, haciendo constar en ellas:

  • Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante
  • Organización o asociación (si corresponde)
  • Contacto (correo electrónico).

Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

Anexos